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  1. #21
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    Predeterminado Del terrorismo al desfalco de las cajas 2

    El siguiente en la lista fue Javier Gómez Bermúdez, titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional. Este juez imputó a la antigua cúpula de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) por estafa. No obstante, fue Fernando Grande-Marlaska, sustituto de Baltasar Garzón en la Audiencia y actual presidente de la Sala de lo Penal, el que abrió diligencias a los ex directivos de la entidad, en noviembre de 2011. Vicente Soriano, Teófilo Sogorb, Modesto Crespo, Roberto López y María Dolores Amorós fueron imputados por presuntas irregularidades en su gestión relacionadas con la concesión de créditos al sector inmobiliario, además de pensiones vitalicias para la cúpula directiva.

    El único juez de la Audiencia al que le cayeron dos casos fue Santiago Pedraz. El titular del Juzgado Central de Instrucción número 1 controla los procedimientos del caso Caixa Penedès -caja integrada en Banco Mare Nostrum (BMN)-, además de las siete querellas que el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (Frob) presentó contra la cúpula de Banco de Valencia por provocar unas pérdidas patrimoniales de 500 millones de euros. Pedraz imputó a Ricard Pagès, Manuel Troyano, Santiago José Abellá y Juan Caellas por un presunto delito de apropiación indebida durante su gestión en Caixa Penedès. Los ex directivos están acusados de blindar sus pensiones. El grupo bancario BMN recibió una inyección total de 915 millones de euros a través del Frob. En cuanto al caso de Banco de Valencia, aún no hay ningún imputado, pero el juez investiga a José Luis Olivas, Aurelio Izquierdo y Domingo Parra por presuntos delitos de falsedad contable, administración desleal y delito societario.

    Precisamente, dos de estos directivos están imputados, junto a otras 31 personas -Rodrigo Rato y Ángel Acebes, entre ellas-, por el magistrado del Juzgado Central de Instrucción número 4, Fernando Andreu, en el caso Bankia. Andreu pasó de investigar al líder de la mafia china Gao Ping, en la operación Emperador, a sentar en el banquillo al que fuera ministro de Economía de José María Aznar y gerente del Fondo Monetario Internacional, Rodrigo Rato.

    Entre Ismael Moreno y Eloy Velasco, titulares de los juzgados de instrucción 2 y 6, respectivamente, se repartieron la investigación de las indemnizaciones millonarias que cobraron cinco ex directivos de Novacaixagalicia y la denuncia de UPyD contra los consejeros de Banca Cívica por un presunto delito de corrupción en la fusión de las cuatro cajas que conformaron el grupo -Cajasol, Caja Burgos, Caja Navarra y Caja Canarias-. Moreno obligó a la cúpula de la entidad gallega a devolver 7,8 millones de euros por presuntos delitos de apropiación indebida y administración desleal.

    En cuanto al juez Velasco, investigará parte del caso Banca Cívica, ya que los presuntos delitos de cohecho que cometieron el alcalde de Pamplona o Miguel Sanz en Caja Navarra quedarán en manos de un juzgado de instrucción de Pamplona. Ahora, los jueces tendrán que aprender también de finanzas.

    CATALUNYA CAIXA / La Fiscalía de Barcelona abrió de oficio, en julio de 2012, una investigación sobre los sueldos que recibieron altos cargos de la antigua Caixa Catalunya. El fiscal se centró en las irregularidades que pudieron cometer Adolf Todó, Josep Maria Loza, Narcis Serra, Fernando Casado y Manel Rosell, antiguos gestores.

    CAJA SEGOVIA / La Audiencia Provincial de Segovia investiga a los ex gestores de la caja por sus prejubilaciones. Entre los implicados se encuentran el alcalde de Segovia, Pedro Arahuetes; el ex senador del PSOE Manuel Agudíez; y el ex presidente de la Diputación Javier Santamaría (PP).

    CAJA DE CANARIAS / La Fiscalía de Las Palmas inició una investigación por presuntos delitos societarios, estafa y falsedad documental en Caja de Canarias. Al final, el fiscal decidió archivar las diligencias iniciadas.

    Marisa Recuero, en El Mundo

  2. #22
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    Predeterminado De la Pantoja a Oriol Pujol

    A mí me hubiera dado igual que en vez de condenar a 24 meses de cárcel a Isabel Pantoja la hubieran condenado a 24 meses y un día, línea sutilísima que implica entrar o no entrar en la cárcel. Lo que no me da igual es que el juez correspondiente convierta un juicio en un espectáculo de escarnio populachero que parece expresamente diseñado para la telebasura. En otra vista o juicio reciente, a la estrella de la copla le arrancaron hasta la hombrera del vestido y no se quedó como Olvido Hormigos de milagro. Lo de ayer fue mucho peor, porque el juez, en lo que supongo error de juicio y no concesión al espectáculo, hizo leer en público la sentencia, retransmitida en directo por casi todas las cadenas de televisión. Desconozco qué le impidió entregarla a las partes como se suele hacer, aunque a veces se da a la prensa antes que a las partes. Para eso está el CGPJ.

    Ese género de la lectura pública y televisada tendrá base legal pero supone un trato tan distinto para unos ciudadanos que se convierte en agravio. Sólo recuerdo un precedente en la teatralización de un fallo: el de Gómez Bermúdez en la infame sentencia del 11-M, numerito del yulbrinner malagueño que además tergiversó y manipuló a gusto de PSOE y PP las conclusiones de la sentencia misma. Se ve que al juzgador la soledad le gusta con público, como a las divas. Por eso, cuando no recita versiones del fallo, las publica su señora. Pero, tranquilos, para eso está el CGPJ.

    Ayer, a la vez que la Pantoja, Oriol Pujol entraba en un juzgado de Barcelona por el caso de las ITV. Y aunque increpado por unos pocos detrás de una pancarta, la Policía mantenía la distancia de seguridad exigible entre el imputado y la plebe. ¿Por qué en Cataluña hay cautela policial, cuando no bochornosas atenciones de jueces y fiscales en favor de los presuntos de la dinastía pujoliana, mientras Andalucía se convierte en medieval plaza de ahorcamientos y quema de brujas?

    Cuando Urdangarín declara, el juez y la Policía se cuidan de que nadie lo toque, y me parece muy bien. Pero a la Pantoja un día le arrancan el vestido y otro le tiran del pelo y acaba desmayada. ¿Por qué esta diferencia de trato entre Lola Flores y Pujol, entre la Pantoja y la Infanta? Me temo que porque para eso está el CGPJ.

    Federico Jiménez Losantos, en El Mundo

  3. #23
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    Predeterminado UPyD propone acabar con los casi 10.000 aforados que hay en España

    Pide suprimir «los privilegios de inviolabilidad, inmunidad y aforamiento» de los políticos

    Lo que a lo largo de la Historia nació como una garantía para hacer efectiva la separación de poderes y evitar que los jueces –como miembros del Poder Judicial– actuaran contra el Ejecutivo o el Legislativo se ha convertido en un privilegio de los políticos del que se benefician miles de cargos públicos. Hasta 10.000 personas gozan de aforamiento en España. Es decir, sólo pueden ser investigadas y juzgadas por el Tribunal Supremo, los tribunales superiores de justicia de las comunidades o las audiencias provinciales en razón de su cargo.

    Para cambiar este estado de cosas, la portavoz de Unión Progreso y Democracia (UPyD), Rosa Díez, ha registrado en el Congreso de los Diputados una proposición no de ley (PNL) para que se debata en el Pleno «la supresión de los privilegios de la inviolabilidad, inmunidad y aforamiento de los políticos y otros cargos». La propuesta recoge que «en España alcanzamos la increíble cifra de ¡10.000! aforados», según estiman dos estudiosos de la materia, Juan Luis López Colomer e Iñaki Esparza en su trabajo Tratado jurisprudencial de aforamientos procesales.

    Entre los beneficiados se incluyen los aforados ante el Supremo (miembros del Gobierno, diputados y senadores, vocales del Poder Judicial, magistrados del Supremo o de la Audiencia Nacional, el defensor del Pueblo, sus adjuntos, consejeros del Tribunal de Cuentas, del Consejo de Estado, altos mandos militares...), ante los tribunales superiores de justicia (presidentes autonómicos, consejeros y diputados en asambleas regionales...) y en las audiencias provinciales (policías, guardias civiles, agentes autonómicos...).


    Luis Ángel Sanz, en El Mundo

  4. #24
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    Predeterminado

    Las prerrogativas de las altas autoridades del Estado –entre ellos diputados y senadores– están fijadas en la Constitución y sólo podrán desaparecer con una reforma de la Carta Magna –que UPyD reclama–. Pero este en principio excepcional privilegio se ha extendido en leyes posteriores a miles de personas más. Y esas normas sí podrían ser modificadas por decisión del Congreso.

    Por eso, la PNL propone que en la próxima reforma constitucional se revisen «los privilegios o prerrogativas parlamentarias de la inviolabilidad, inmunidad y aforamiento».

    Mientras, UPyD pedirá también al Pleno que hasta que se revise la Constitución y en un plazo máximo de tres meses se supriman «todos y cada uno de los supuestos de inviolabilidad, inmunidad y aforamiento que han proliferado en distintas leyes», sobre todo en las administraciones autonómicas. Para UPyD, en un Estado que se define como social y democrático de Derecho «no tienen cabida los privilegios» y menos los que «obstaculizan la lucha contra la corrupción política».

    En casi todos los países de nuestro entorno, estas prebendas se han ido reduciendo con la consolidación de la democracia. En Portugal e Italia, como señala UPyD, no existe más aforado que el jefe del Estado (ante el Supremo y el Tribunal Constitucional, respectivamente). En Francia, hay en torno a 10 o 15 aforados (sólo el presidente, el primer ministro y los ministros). Y en Alemania o el Reino Unido –país donde se creó la figura en la Edad Media–, ya no existe ningún aforado en la actualidad. Además, en ninguno de los países citados los parlamentarios nacionales –y menos los regionales– están aforados.


    Inviolabilidad, inmunidad y aforamiento
    > Inviolabilidad. Impide la apertura de cualquier clase de procedimiento que tenga por objeto exigir responsabilidad a los diputados o senadores por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones.

    > Inmunidad. Somete determinados procesos al requisito de la autorización de la cámara correspondiente, el conocido como suplicatorio. Además, los que gozan de esta prerrogativa no pueden ser detenidos salvo en caso de flagrante delito.

    > Aforamiento. Los que disfrutan del mismo sólo pueden ser encausados y juzgados por determinados tribunales previamente señalados: en el caso de diputados y senadores, el Supremo, y los altos cargos autonómicos, en los tribunales superiores

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